Translate
sábado, 3 de junio de 2017
SALUD LABORAL EN EL TRABAJO
La salud laboral se construye en un medio ambiente de trabajo adecuado, con condiciones de trabajo justas, donde los trabajadores y trabajadoras puedan desarrollar una actividad con dignidad y donde sea posible su participación para la mejora de las condiciones de salud y seguridad.
La LPRL define la Condición de Trabajo como cualquier característica del trabajo que pueda tener influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador o trabajadora. También, se puede definir como las variables que definen la realización de una tarea y que pueden tener influencia en la salud del trabajador.
Las condiciones de trabajo abarcan, entre otras, características:
- La presencia de contaminantes físicos, químicos y biológicos en el trabajo.
- La seguridad en los equipos de trabajo, tanto máquinas como herramientas.
- El contenido profesional y psicológico.
- La tensión y la carga mental.
- Las oportunidades de promoción.
- El interés por el trabajo.
- El estilo de dirección.
- El ambiente social en el trabajo.
Entonces, las condiciones de trabajo afectan a los locales e instalaciones de la empresa, a las materias primas y procedimientos de su utilización, a la maquinaria e instrumentos de trabajo y al sistema de organización y ordenación del proceso de producción de bienes y prestación de servicios.
Para la mejora de las condiciones de trabajo se utilizan diferentes técnicas:
- Seguridad del trabajo: estudia las condiciones que pueden poner en peligro la salud de los trabajadores con el fin de corregirlas.
- Higiene Industrial: descubre la presencia de contaminantes físicos, químicos y biológicos, los evalúa y corrige su concentración para prevenir la generación de enfermedades.
- Ergonomía: pretende adecuar el puesto de trabajo al trabajador.
- Medicina del trabajo: se encarga de la curación de las enfermedades y los accidentes.
- Psicosociología: se encarga de los daños inespecíficos, tales como motivación, responsabilidad y participación.
La LPRL describe las alteraciones de la salud en el entorno del trabajo como daños derivados del trabajo (artículo 4.3): "Se consideran daños derivados del trabajo las enfermedades, patologías o lesiones sufridas por motivos u ocasión del trabajo"
La posibilidad de que se produzca ese daño recibe el nombre de riesgo laboral.
Y peligro es todo aquello que puede producir una alteración de la salud.
Estas serían las diferencias conceptuales entre peligro, riesgo y daño.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
-
Te has descubierto alguna vez buscando algo en internet para después de un rato darte cuenta de que has pasado de una cosa a otra y ni siqu...